Empleos Aviación
El Despachador de Vuelo
Publicado
Hace 11 añoson

Un Despachador de Vuelo, también conocido como Oficial o Encargado de Operaciones de Vuelo, es un profesional aeronáutico que no pertenece a la tripulación de vuelo, cuyas funciones específicas son el Control de las Operaciones de vuelo de una aerolínea, la elaboración del Plan de Vuelo y del Manifiesto de Carga para cada vuelo particular, y la Asistencia en Vuelo y Monitoreo de cada vuelo.
Para ejercer este cargo, se debe poseer una licencia en conformidad con la Regulación Aeronáutica Venezolana 60 sobre Licencias al Personal Aeronáutico. (Las Regulaciones Aeronáuticas Venezolanas pueden ser consultadas ACÁ).
Para optar a esta licencia, además de los requisitos específicos, deben cumplir con los siguientes requisitos generales (RAV 60.32):
a) Ser Venezolano o nacional de un Estado (país) que otorgue tratamiento reciproco a los venezolanos.
b) Poseer la edad correspondiente a la licencia.
c) Hablar, leer y escribir el idioma castellano.
d) Haber aprobado los estudios de educación secundaria o su equivalente.
e) Poseer el certificado médico aeronáutico vigente, cuando aplique. (Este requisito no aplica en el caso del Despachador de Vuelo)
Los requisitos específicos para optar para optar por la licencia de Despachador de Vuelo son (RAV 60.38):
a) Tener como minino veintiún años (21) de edad.
b) Haber aprobado un curso teórico y práctico de Despachador de Vuelo en un Centro de Instrucción Aeronáutico certificado por la Autoridad Aeronáutica, dentro de los seis (6) meses precedentes a la fecha de la solicitud; o haber desempeñado funciones como mínimo durante dos (2) años consecutivos en alguna de las siguientes especialidades o combinación de las mismas:
1) Miembro de la Tripulación de Vuelo.
2) Controlador de Tránsito Aéreo.
3) Meteorólogo en un Organismo dedicado al despacho de Aeronaves de Transporte.
4) Supervisor Técnico de Operaciones de Vuelo o de Sistemas de Operaciones de Vuelo de Transporte Aéreo.
c) Haber desempeñado funciones de ayudante en actividades de despacho de vuelo de transporte aéreo durante noventa (90) días dentro de los seis (6) meses precedentes a la fecha de la solicitud.
d) Haber aprobado una evaluación teórica y práctica aplicada por la Autoridad Aeronáutica o por quien ella delegue.
Adicionalmente se requieren:
- Una (1) Copia de la Cédula de Identidad en una hoja blanca sin cortar.
- Una (1) Foto Tipo Carnet.
- Certificado de Depósito bancario de cuatro (04) unidades tributarias.
- Fondo negro del Título de Bachiller en papel fotográfico
El Curso Teórico y Práctico de Despachador de Vuelo indicado en el punto (b) está constituido por las siguientes materias:
- Derecho Aéreo (30 horas)
- Adoctrinamiento en aviación (12 horas)
- Masa y Performance de la Aeronave (27 horas)
- Navegación (24 horas)
- Control de Tránsito Aéreo (39 horas)
- Meteorología (42 horas)
- Control de Masa y Centrado (27 horas)
- Transporte Sin Riesgo de Mercancías Peligrosas Por Vía Aérea (09 horas)
- Planificación de Vuelo (18 horas)
- Monitoreo de Vuelo (16 horas)
- Radio Comunicación (18 horas)
- Factores Humanos (15 horas)
- Seguridad (Situaciones Anormales Y De Emergencia) (08 horas)
Los siguientes, son algunos de los Centros de Instrucción Aeronáuticos certificados por la Autoridad Aeronáutica INAC que ofrecen el curso de Despachador de Vuelo, con enlace hasta su página Web, de estar disponible. (En caso de no tener un enlace, se puede consultar la información de contacto en este enlace):
- Barcelona CIA AVIOR AIRLINES
- Barquisimeto A.C. INSTITUTO DE ESPECIALIDADES AERONAUTICAS “IDEA”
- Barquisimeto INSTITUTO TECNOLOGICO DE FORMACION AERONAUTICA ITFA, C.A.
- Caraballeda ACADEMIA DE AVIACION WORLD FLIGHT TRAINING C.A.
- Caracas ACADEMIA DE AVIACION WORLD FLIGHT TRAINING C.A.
- Caracas CENTRO AERONAUTICO PAC C.A.
- Caracas CENTRO DE INSTRUCCIÓN AERONAUTICA PAN AM C.A.
- Caracas CENTRO DE INSTRUCCIÓN AERONAUTICO TOP FLY
- Caracas CENTRO DE INSTRUCCIÓN ICARO S.C. CARACAS
- Catia la Mar INTER AVIATION SERVICES IASCA
- Maiquetía HELICOTEROS DEL CARIBE C.A
- Porlamar ICARO S.C.º PORLAMAR
- Puerto Ordaz CENTRO INTEGRAL FORMACION AERONAUTICA OSCAR GONZALEZ, SRL CIFA
- Puerto Ordaz CORONA´S TIOLT ESCUELA DE AVIACION S.R.L
- Valencia CEFA LOS CONDORES
Finalmente, para la ejecución de sus funciones el despachador de vuelo debe regirse por lo establecido en las Regulaciones Aeronáuticas Venezolanas RAV 121 y RAV135.
Específicamente, conforme a la Regulación Aeronáutica Venezolana 121 sobre Explotadores de Servicio Público de Transporte Aéreo, el Despachador de Vuelo es el responsable del Control Operacional tanto para vuelos nacionales como internacionales regulares, por lo que debe [RAV 121.231(c)]:
(1) Monitorear el progreso de cada vuelo.
(2) Emitir la información necesaria para la seguridad del vuelo.
(3) Cancelar o re-despachar un vuelo, si en su opinión o la del piloto al mando, no se podrá realizar o continuar de manera segura, como fue planeado o liberado.
(4) En caso de emergencia, iniciar los procedimientos que se indiquen en el manual de operaciones.
En el caso de la Regulación Aeronáutica Venezolana 135 sobre Transportistas Aéreos, cuando el sistema de supervisión de operaciones exija los servicios de un Encargado de Operaciones de Vuelo/ Despachador de Vuelo, las funciones de éste serán (RAV 135.259):
(1) Ayudar al Piloto al Mando en la preparación del vuelo y proporcionar la información pertinente requerida.
(2) Ayudar al Piloto al Mando en la preparación del plan operacional de vuelo y del plan de vuelo ATS, firmar, cuando corresponda, y presentar el plan de vuelo a la dependencia ATS apropiada.
(3) Suministrar al Piloto al Mando, durante el vuelo, por los medios adecuados, la información necesaria para realizar el vuelo con seguridad.
(4) En caso de emergencia, iniciar los procedimientos que se indiquen en el Manual de Operaciones.
En ambos casos (RAV 121 y 135), para ejecutar estas tareas el despachador del avión evitará tomar cualquier medida incompatible con los procedimientos establecidos por [RAV 121.232(c) y RAV 135.260]:
(1) El control de tránsito aéreo.
(2) El servicio meteorológico.
(3) El servicio de comunicaciones.
El Despachador de Vuelo debe suministrar al piloto la siguiente información (RAV 121.275):
(a) El despachador debe suministrar al piloto al mando todos los reportes actualizados disponibles o información sobre las condiciones del aeropuerto e irregularidades de las facilidades de navegación, que pueden afectar la seguridad del vuelo.
(b) Antes de iniciar un vuelo, el despachador de vuelo debe suministrar al piloto al mando todos los pronósticos y reportes disponibles de fenómenos meteorológicos que puedan afectar la seguridad del vuelo, incluyendo fenómenos meteorológicos adversos, tales como turbulencia en aire claro, tormentas electricas, vientos cortantes a baja altitud, para cada ruta que va a ser volada y cada aeropuerto a ser usado.
(c) Durante un vuelo, el despachador de vuelo debe suministrar al piloto al mando de cualquier información adicional disponible de las condiciones meteorológicas, incluyendo fenómenos meteorológicos que puedan afectar la seguridad del vuelo, incluyendo fenómenos meteorológicos adversos, tales como turbulencia en aire claro, tormentas eléctricas, vientos cortantes a baja altitud e irregularidades de las facilidades y servicios que puedan afectar la seguridad de vuelo.
Ing. Alejandro Irausquin
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2 Comments
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gabriel leal
12 de junio de 2021 at 9:20 pm
cuales requisitos debo tener para prepararme como despachador de vuelos
Carlos López
15 de junio de 2021 at 11:21 am
Por lo general para realizar un curso en alguna CIA, te piden los siguiente El aspirante deberá cumplir con los siguientes requisitos generales:
bachiller o equivalente.
mayor de 20 años de edad.
Copia legible de la cédula de identidad o pasaporte.
Fondo negro del título de Educación Media.
Una foto tipo carnet.